Con la llegada del verano, muchas empresas españolas comienzan a aplicar la jornada intensiva, una modalidad que permite concentrar el horario laboral en las mañanas durante los meses más calurosos. Sin embargo, surgen dudas entre empleados y empleadores sobre si esta medida es obligatoria, si puede reclamarse o si existen distinciones legales entre trabajadores de una misma organización.
Desde Legálitas, expertos en derecho laboral aclaran que la jornada intensiva no es una obligación generalizada para las empresas. Se trata de una mejora voluntaria que solo será de obligado cumplimiento si está recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo firmado con la representación legal de los trabajadores.
“Si la jornada intensiva está regulada por convenio o acuerdo colectivo, los empleados deben acogerse a ella, ya que deben cumplir con el total de horas anuales estipuladas. No pueden negarse ni exigir que esas horas se conviertan en días libres adicionales”, explican desde Legálitas.
¿Puede reclamarse la jornada intensiva?
Sí, pero solo si está regulada por convenio colectivo o acuerdo colectivo. En ese caso, la empresa estaría obligada a aplicarla. De lo contrario, los empleados podrían interponer una reclamación formal. No obstante, si la jornada intensiva se ha ofrecido durante años sin un acuerdo formal, podría considerarse un derecho adquirido, salvo que exista un pacto que indique que es una medida temporal.
La legislación permite que haya distinciones entre departamentos o puestos de trabajo, siempre que se justifique por la naturaleza de las funciones. Por ejemplo, mientras al personal administrativo se le puede aplicar jornada intensiva, otros perfiles como conductores de transporte o trabajadores en turnos pueden quedar excluidos por operativa del servicio. Algunos convenios incluso contemplan estas diferencias expresamente.
Cuando se aplica, la jornada intensiva no reduce las horas de trabajo anuales, sino que las distribuye de otra forma: se trabaja más durante el resto del año para disfrutar de un horario más corto en verano. También puede eliminarse el tiempo de comida y compactar la jornada en horas continuas.
Los derechos durante la jornada intensiva (como descansos o entradas flexibles) siguen regidos por el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos. El descanso mínimo legal sigue siendo de 15 minutos para jornadas superiores a seis horas, aunque algunas empresas pueden ofrecer más tiempo.
En estos casos, también se aplica la jornada intensiva, ajustando la jornada proporcionalmente. Es posible que un trabajador con reducción de jornada realice en verano la misma jornada diaria que sus compañeros, ya que su tiempo total se redistribuye a lo largo del año, siempre respetando la reducción acordada.
En definitiva, la jornada intensiva es una ventaja valorada por empleados, especialmente en verano, pero su aplicación depende del marco legal en el que se enmarque: si está contemplada en el convenio o no. Ante cualquier duda, tanto empresas como trabajadores deben revisar el convenio colectivo aplicable o consultar con un asesor legal para evitar conflictos.