Esto es lo que se pide desde la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) quien, aunque ha valorado positivamente, en líneas generales, la reforma fiscal, considera que tendría que adaptarse más a las peculiaridades de las pymes.
Así, en el impuesto de sociedades opinan que habría que priorizar el diseño de tipos, con el fin de ser más competitivos, a través de incentivos fiscales que garanticen una mejor valoración en los mercados y la financiación de las empresas de menor dimensión. Por ello solicitan que se produzca una reforma del actual sistema de reducciones, deducciones y exenciones, manteniéndose y modificándose las que puedan producir un impacto positivo en la actividad empresarial y sobre el empleo. Y en relación con las modificaciones introducidas en el impuesto de sociedades, piden una reducción adicional al nuevo tipo nominal de entre otro 15 y 20 %.
Sobre la creación de una reserva de nivelación de bases imponibles negativas, por la que las que las pymes podrán deducir su base imponible hasta un 10 % en el ejercicio fiscal, sirviendo como provisión para cubrir futuras pérdidas en los cinco siguientes ejercicios y pasando la reserva a formar parte de la base imponible sujeta a tributación, creen que la misma es una iniciativa positiva, ya que potencia el reforzamiento de los fondos propios de la compañía y su capitalización, aunque aclaran que no es suficiente ya que si la empresa no genera pérdidas durante ese periodo, solo difiere los beneficios fiscales de ese menor gravamen a los próximos cinco años.
También recomiendan replantear algunas novedades para evitar que el resultado contable de la empresa se aleje de su base imponible como la no deducibilidad de deterioros de valor determinados elementos patrimoniales y la limitación de la deducibilidad fiscal de las atenciones a clientes hasta el 1 % del importe neto de la cifra de negocios de la entidad.
¿Más propuestas? Sí. La patronal solicita introducir otras cuatro deducciones: una que excluiría de la base de gravamen el coste de oportunidad de los recursos propios a la hora de captar financiación. Por otro lado establecer una deducción del 25 % por gastos de formación en las pymes. Otra deducción por actividades de internacionalización del 50 % en gastos por acudir a ferias comerciales y eventos similares, así como gastos externos de consultoría al menos durante los dos primeros años, gastos de formación del personal y gastos derivados del establecimiento de alianzas entre empresas, formación de consorcios o fusiones.
Y todo ello sin olvidar la ampliación del concepto de innovación en la deducción por actividades de I+D+i, con el fin de que en la base de deducción aparezca el importe de los gastos del periodo en actividades de innovación en cuanto a la implantación de nuevos métodos organizativos o la implantación de nuevos métodos de mercadotecnia.