La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que se aprobó en el Congreso el pasado 29 de junio y conllevaba una serie de medidas que los autónomos españoles esperaban con impaciencia.
Ahora, sabemos que esa Ley permanecerá en el Senado hasta el próximo 31 de octubre (fecha límite) y que algunas de sus medidas no se implantarán hasta enero de 2018. A continuación os contamos cuáles son:
1. La cuota de autónomos de 50 euros durante un año
La tarifa plana a 12 meses que se especifica al término del texto de la Proposición de Ley remitido al Senado. se supone que debería entrar en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, existe una excepción, la ampliación de la cuota de 50 euros para nuevos autónomos, cuyos beneficiarios tendrán que esperar hasta el primer día de 2018 para acogerse a ella.
De entre los beneficiarios que aguardan la entrada en vigor de este derecho extendido también figuran los autónomos que se reincorporen al RETA después de al menos dos años de inactividad como trabajador por cuenta propia. Esta última condición es una de los cambios introducidos en la nueva ley, ya que en la actualidad son 5 los años que has de estar sin cotizar en el RETA para beneficiarte de las bonificaciones una vez reemprendas.
2. Deducción de gastos en el IRPF
Otra de las medidas que que habrá que esperar hasta enero de 2018 es la deducción en el IRPF del 30% de los gastos de suministros de agua, luz, teléfono o IBI de la vivienda, siempre que esta esté afecta a la actividad. Además del límite de 26,67 euros diarios – 48,08 si es en el extranjero – en dietas. Al no entrar en vigor hasta enero de 2018, los autónomos tendrán que esperar hasta 2019 para acogerse a estas ventajas fiscales.
3. Nuevo régimen de recargos por ingreso fuera de plazo
A día de hoy estos recargos, que penalizan al trabajador por cuenta propia en caso de retraso en el pago de la cuota a la Seguridad Social, se sitúan en el 20%. Con la nueva ley se contempla una reducción del recargo al 10%, durante el primer mes de retraso. Sin embargo también habrá que esperar hasta enero de 2018 para que esta medida se haga efectiva.
4. Bonificaciones en el RETA para autónomos con discapacidad
El día 1 de enero de 2018 también entrarán en vigor las reducciones en la cuotas de autónomos de personas con discapacidad igual o superior al 33%, así como aquellas que pertenezcan a grupos de víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo. Esta medida consiste en una bonificación de 50 euros durante un año para aquellos que opten por la base mínima de cotización. En caso de que la base sea superior a la mínima, se aplicará un 80% de reducción a la cuota durante el primer año y un 50% durante un periodo máximo de cuatro años.