Llevamos años hablando de la factura electrónica y de su implantación pero un gran número de pymes siguen sin tener clara la diferencia entre factura electrónica y PDF. Es más, muchas siguen enviando el segundo, pensando que tienen validez como factura pero nada más lejos de la realidad ya que los mismos no garantizan ni la autenticidad ni la privacidad. Y es que un PDF solo se puede convertir en factura electrónica utilizando un programa informático que le permita firmar con el certificado electrónico o incrustar la firma electrónica en el propio documento con un código de barras 2D.
Por ello, desde Datisa dan una serie de consejos para transformar los mismos ante la obligatoriedad que van a tener las empresas que facturen con la Administración Pública de enviar estas facturas que nos ahorran tiempo y dinero. Y es que para que un PDF se convierta en una factura digital tendrá que quedar garantizado el emisor del mismo y que su contenido no pueda ser manipulado. ¿Cómo? Utilizando la firma electrónica avanzada, que permite identificar al firmante a través de un certificado electrónico instalado en el equipo, que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y otros organismos reconocidos, que nos garantizarán la integridad del documento que se firma. Así, esta firma vincula al que la firma y los datos generados de manera única, segura y controlada en todo momento por el firmante.
También a través del intercambio electrónico de datos o de cualquier otro medio si los interesados lo comunican a la Agencia Tributaria.