Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo en materia salarial para el periodo 2022-2024 en el marco de las negociaciones con los sindicatos sobre el acuerdo para el empleo y la negociación colectiva, la patronal CEOE ha lanzado un conjunto de recomendaciones para las unidades negociadoras de empresas y organizaciones en los convenios colectivos para 2022.
Un año en el que, en un comunicado, recuerdan que la situación y perspectivas de la economía han empeorado tras el inicio de la guerra en Ucrania. El incremento de los costes para las empresas y las restricciones por la falta de suministros están reduciendo en gran media la visibilidad y competitividad de las organizaciones, destacan, lo cual va a suponer una merma del crecimiento económico y un efecto negativo sobre el empleo. A lo que hay añadir la incertidumbre a nivel mundial sobre la duración de la guerra y el efecto de las sanciones sobre Rusia. Por ello aconsejan tomar decisiones prudentes para no perder mayores niveles de competitividad.
Entre las recomendaciones que lanza CEOE se encuentran sustituir conceptos retributivos obsoletos por otros vinculados a la productividad y los resultados. Ir hacia sistemas de retribución variable, transparentes y neutros para eliminar la brecha salarial. O llevar a cabo la estructura retributiva, considerando los índices de absentismo, evitando pluses y conceptos que lo fomenten.
En cuanto a la variación salarial aconsejan tener en cuenta las circunstancias específicas de cada ámbito de negociación modulándolos, en cada sector o empresa, considerando la productividad y el empleo, de forma tal que la cifra resultante permita mantener una posición competitiva. Realizar un esfuerzo de moderación salarial para preservar la viabilidad y la competitividad de las empresas y conservar el empleo. Y, por lo tanto, evitar
vincular las subidas salariales a conceptos tan volátiles como la inflación. Eso sí, vinculándolos a variables como la productividad, el empleo, el comportamiento del PIB o los resultados, por poner algunos ejemplos.
También consideran imprescindible que las actualizaciones salariales carezcan de efectos retroactivos, debido a la imposibilidad de repercutir en el coste del producto o servicio los devengos producidos.
En cuanto a las empresas que trabajan para el sector público, recuerdan la imposibilidad de repercutir el aumento de los costes laborales a la Administración hasta que el Gobierno lleve a cabo la modificación de la normativa de revisión de precios en los procesos de contratación derivados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, lo que obliga a considerar una mayor moderación salarial que la indicada con carácter general.
Por último señalan que ante una coyuntura adversa hay mecanismos por los que se dejarían de aplicar las condiciones pactadas en el convenio colectivo.